El “Convenio relativo a la conservación
de la vida salvaje y del medio natural en Europa”,
adoptado en Berna el 19 de setiembre de 1979 y que entró
en vigor el 1 de julio de 1982, pretende asegurar, mediante
la cooperación
entre los Estadoso, la conservación
de la flora y de la fauna europea y la de sus hábitats
naturales. El Tratado pone especial acento sobre la protección
de las especies amenazadas de extinción, comprendidas
las migratorias, y prohíbe cualquier forma de captura,
de posesión, de destrucción y de comercio,
de todas las especies enumeradas en sus Anexos.
- La protección de la flora y de la fauna salvaje
y la de sus hábitats naturales.
- La promoción de la cooperación entre los
Estados, a través de la coordinación de
las acciones de los Países
participantes, con la adopción de modelos comunes
y de políticas orientadas hacia el uso racional
de la biodiversidad.
- La protección estricta y rigurosa de las especies
vegetales y de los animales enumerados en el Anexo
I (conservación especial de las especies vegetales
donde está prohibido: la recolección, el
arranque, el corte o el desenraizamiento intencionado),
y en el Anexo
II (conservación especial de las especies animales,
sobre las cuales están prohibidos los siguientes
comportamientos intencionados: cualquier forma de captura,
de posesión o de muerte; el deterioro o la destrucción
de los lugares de reproducción o de las áreas
de reposo; la perturbación durante el período
de reproducción, de dependencia y de hibernación;
la destrucción o la retirada de los huevos de la
naturaleza o su posesión incluso vacíos;
la posesión y el comercio interno, de animales,
vivos o muertos, incluidos los animales aclimatados de
cualquier parte o de cualquier origen, fácilmente
identificables, obtenidos a partir del animal)
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Dos
ejemplos de especies fuertemente protegidas que figuran
en el listado del Anexo I: (arriba a la izquierda)
Cremnophyton lanfrancoi, especie característica
de la flora maltesa en su hábitat natural,
a la derecha detalle; (abajo) Woodwardia radicans
(a la izquierda) y Tetraclinis articulata (a la derecha).
(© 2005 Pietro Pavone).
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- La protección de las especies animales enumeradas
en el Anexo
III deben ser objeto de reglamentación (prohibición
temporal o puntual de explotación, reglamentación
de la posesión, del transporte o de la venta…)
con el objetivo de no comprometer la supervivencia.
- Las medidas para las cuestiones de muerte y de captura,
o de otros métodos de explotación, son enumeradas
en el Anexo
IV.
El Convenio tiene previstas, sin embargo, derogaciones
a las disposiciones arriba indicadas:
- Por el interés de la flora y la fauna.
- Para prevenir los daños importantes en los cultivos
a la ganadería, a los bosques, a las aguas y a
las otras formas de propiedad.
- Por el interés de la salud y de la seguridad
públicas, de la seguridad aérea o de otros
intereses públicos prioritarios.
- Por fines de investigación y de educación,
de repoblación, de reintroducción así
como por la ganadería.
- Para permitir, en condiciones estrictamente controladas,
sobre una base selectiva y en una cierta medida, la toma,
posesión o cualquier otra explotación juiciosa
de ciertos animales y plantas silvestres en pequeñas
cantidades.
En adhesión al Tratado, la Partes se comprometen
a tomar todas las medidas útiles para la conservación
de la flora y de la fauna salvaje, y de tenerlas en cuenta
a la hora de elaborar las políticas nacionales
de planificación y de desarrollo, así como
en la lucha contra la polución. Las Partes fomentan
también la educación y la difusión
de las informaciones generales sobre la necesidad de conservación
del patrimonio natural.
Un Comité Permanente, constituido por representantes
de las Partes, es el encargado de seguir y controlar que
las disposiciones del Convenio sean adaptadas al desarrollo
de las necesidades de la vida salvaje. El control y las
enmiendas del Convenio son desarrollados a través
de la adopción de Recomendaciones y de Resoluciones
por parte de Comité que se reúne cada año
y que coordina las actividades específicas de grupos
de expertos y la organización de numerosos seminarios.